El Defensor del Pueblo se pronunció sobre las
condiciones al interior de las cárceles. Lamentó que "no rija a
cabalidad" lo establecido en acuerdos de orden internacional.
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La Defensoría del Pueblo propone un nuevo decreto de indulto para beneficiar a cerca de 3.000 privados de libertad. |
El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, planteó
observaciones sobre el grado de cumplimiento por parte del Estado Boliviano
respecto de lo que establecen los instrumentos internacionales en materia de respeto de los derechos
humanos de las personas privadas de libertad
y afirmó que la cárcel no es la solución a problemas estructurales. Exhortó a
la aplicación de políticas de reinserción social para disminuir los niveles de
reincidencia.
Lamentó que en las cárceles del país no se cumplan
a cabalidad los principios que están establecidos en instrumentos
internacionales como el de Buenas Prácticas Sobre la Protección de Personas
Privadas de Libertad en las Américas, Principios para la Protección de Todas
las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión, lasReglas Mínimas para el Tratamiento de los
Reclusos, el Código de Conducta para Funcionarios
Encargados de Hacer Cumplir la Ley y el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos
Indígenas y Tribales.
No se puede decir, remarcó, que Bolivia cumple el
principio de trato humano que establece el velar por la dignidad de quien está
en situación de cárcel, cuando hay personas que duermen en el piso sobre
cartones, colchonetas o payasas; en diagonal en los pasillos de estos centros de
detención; cuando las mujeres son tratadas en las mismas malas condiciones que
los varones o cuando a los niños se los quiere procesar igual manera que a los
adultos, sin contemplar lo que establece la Ley 548 Código, Niña, Niño y
Adolescente que estipula un trato más benigno para el niño o adolescente
infractor.
“Lamentablemente en Bolivia queremos dar un paso atrás y volverlos a tratar de manera más dura y esto va contra el Principio de Progresividad de la Carta de las Naciones Unidas y contra el Principio de Libertad que señala que se deben buscar alternativas a la prisión y lo incumplimos”, afirmó.
El Defensor mencionó también el incumplimiento del Principio de Albergue, Condiciones de Abrigo y Vestido, al no brindar vestimenta a indigentes que están con
detención, lo que evidencia la criminalización de la pobreza; las falencias en
cuanto a educación, pues no se aplican políticas de estudio que tiendan a
disminuir los niveles de reincidencia; así como la deficiencia en la
alimentación y dotación de agua potable que corresponde a responsabilidades de
diferentes instituciones.
Bolivia tampoco cumple las medidas contra el
hacinamiento y por el contrario, afirmó la Autoridad, lo que se hace es enviar a más personas a las cárcel e imponer penas duras sin pensar en alternativas como la
pena de trabajo, detención domiciliaria, pena de cumplimiento de instrucciones.
Finalmente, se refirió al Convenio 169 de la OIT
que señala que cuando se impone sanciones a miembros de pueblos indígenas,
deben tomarse en cuenta sus características económicas y culturales y darse preferencia a otros tipos de sanción distintos al encarcelamiento, lo cual tampoco se
aplica.//El Deber
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